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Así mismo, algunos usuarios han establecido determinados requisitos de estabilidad
para los modos de empleo generales que no se adecuan a los requisitos del
fabricante de conformidad con la norma ASME B56.1-2003. Sin embargo, el usuario
que trabaje conjuntamente con el fabricante deberá usar las prescripciones de la
norma ASME B56.1-2003, párrafo 7.6, a modo de pautas a seguir para establecer
sus propios requisitos. Sólo está permitido realizar las modificaciones o ampliaciones
propuestas cuando se cuente con la autorización por escrito del fabricante.
Ampliación de la rejilla de protección de la carga:
si el tipo de carga supusiera un
peligro, la entidad explotadora debería dotar a la carretilla de una ampliación vertical
de la rejilla de protección de la carga fabricada conforme a los requisitos del
fabricante según la norma ASME B56.1-2003.
4.4
Entorno de trabajo
Zona de peligro:
por "zona de peligro" se entiende aquélla que presenta riesgos
para las personas debido a los movimientos de marcha o elevación de la carretilla o
de su dispositivo de suspensión de la carga (por ejemplo, las horquillas o los equipos
accesorios) o al tipo de cargas a transportar. También forma parte de esta zona
aquélla que pudiera ser alcanzada en caso de caerse las cargas o por equipos
accesorios que suban y bajen.
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wW
Por tanto, se debe instar a las personas no autorizadas a abandonar la zona
de peligro. El conductor debe indicar mediante una señal de aviso que podría
surgir una situación de peligro para las personas. Si las personas no
abandonasen la zona de peligro a pesar de haber sido instadas a ello, se
deberá paralizar la carretilla inmediatamente.
Es responsabilidad de la entidad explotadora clasificar los ambientes o las zonas de
peligro de conformidad con la norma ANSI/NFPA 505.
Tanto las carretillas como las baterías empleadas en las zonas de peligro deben
disponer de la correspondiente autorización y cumplir los requisitos de la norma
ANSI/NFPA 505.
Las carretillas y las zonas de operación deben estar identificadas de conformidad
con la norma ANSI/NFPA 505.
Recorrido de frenado:
el recorrido de frenado de una carretilla se establece en
función de numerosos factores entre los que se encuentran la circulación de otras
carretillas y de peatones, el espacio libre disponible, las propiedades del suelo y la
estabilidad de la/s carga/s.
En caso de que se modifiquen las condiciones del entorno, se deben extremar las
precauciones Las modificaciones climatológicas, del estado del suelo o de las
aplicaciones pueden influir negativamente sobre el recorrido de frenado; por tanto,
se deben adaptar debidamente la velocidad máxima, la configuración del freno y el
servicio de la carretilla.
Pasillos y obstáculos:
los pasillos, vías o pasos fijos y los suelos deben estar
debidamente identificados de conformidad con la norma ANSI Z535.2.
Igualmente, deben estar indicadas o identificadas las zonas bloqueadas para
carretillas.
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Así mismo, algunos usuarios han establecido determinados requisitos de estabilidad
para los modos de empleo generales que no se adecuan a los requisitos del
fabricante de conformidad con la norma ASME B56.1-2003. Sin embargo, el usuario
que trabaje conjuntamente con el fabricante deberá usar las prescripciones de la
norma ASME B56.1-2003, párrafo 7.6, a modo de pautas a seguir para establecer
sus propios requisitos. Sólo está permitido realizar las modificaciones o ampliaciones
propuestas cuando se cuente con la autorización por escrito del fabricante.
Ampliación de la rejilla de protección de la carga:
si el tipo de carga supusiera un
peligro, la entidad explotadora debería dotar a la carretilla de una ampliación vertical
de la rejilla de protección de la carga fabricada conforme a los requisitos del
fabricante según la norma ASME B56.1-2003.
4.4
Entorno de trabajo
Zona de peligro:
por "zona de peligro" se entiende aquélla que presenta riesgos
para las personas debido a los movimientos de marcha o elevación de la carretilla o
de su dispositivo de suspensión de la carga (por ejemplo, las horquillas o los equipos
accesorios) o al tipo de cargas a transportar. También forma parte de esta zona
aquélla que pudiera ser alcanzada en caso de caerse las cargas o por equipos
accesorios que suban y bajen.
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Por tanto, se debe instar a las personas no autorizadas a abandonar la zona
de peligro. El conductor debe indicar mediante una señal de aviso que podría
surgir una situación de peligro para las personas. Si las personas no
abandonasen la zona de peligro a pesar de haber sido instadas a ello, se
deberá paralizar la carretilla inmediatamente.
Es responsabilidad de la entidad explotadora clasificar los ambientes o las zonas de
peligro de conformidad con la norma ANSI/NFPA 505.
Tanto las carretillas como las baterías empleadas en las zonas de peligro deben
disponer de la correspondiente autorización y cumplir los requisitos de la norma
ANSI/NFPA 505.
Las carretillas y las zonas de operación deben estar identificadas de conformidad
con la norma ANSI/NFPA 505.
Recorrido de frenado:
el recorrido de frenado de una carretilla se establece en
función de numerosos factores entre los que se encuentran la circulación de otras
carretillas y de peatones, el espacio libre disponible, las propiedades del suelo y la
estabilidad de la/s carga/s.
En caso de que se modifiquen las condiciones del entorno, se deben extremar las
precauciones Las modificaciones climatológicas, del estado del suelo o de las
aplicaciones pueden influir negativamente sobre el recorrido de frenado; por tanto,
se deben adaptar debidamente la velocidad máxima, la configuración del freno y el
servicio de la carretilla.
Pasillos y obstáculos:
los pasillos, vías o pasos fijos y los suelos deben estar
debidamente identificados de conformidad con la norma ANSI Z535.2.
Igualmente, deben estar indicadas o identificadas las zonas bloqueadas para
carretillas.
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