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6. ELIMINACIÓN DEL APARATO
Al finalizar su vida de funcionamiento, el aparato de
-
berá ser eliminado de acuerdo con las disposiciones le-
gislativas sobre la materia�
El símbolo de la
Fig.9
especifica que, al final de su
vida útil, el aparato debe ser eliminado de acuerdo con
la Directiva del Parlamento Europeo 2012/19/EU del
04/06/2012��
Información sobre la eliminación en estados miembros de la Unión
Europea
La Directiva comunitaria sobre los aparatos RAEE se ha transpuesto de
forma diferente en cada país, así pues, si desea eliminar este aparato le
sugerimos que contacte las autoridades locales o el distribuidor para que
le especifique el modo correcto de eliminación.
Fig. 9