GARANTIA
ART.1-USO
EXYL es un cenador con toldo deslizante, diseñado para cubrir
exteriores tales como jardines, balcones, áticos, patios, etc.
Exyl y sus componentes están diseñados y patentados por
Corradi Spa con sede en Bolonia, Italia. En el proceso de
fabricación se han cumplido todas las normas técnicas de
referencia aplicables.
Las garantías que se indican a continuación sólo son válidas si
la colocación y el uso del toldo se ajustan a las características
indicadas en los artículos y tablas siguientes. Para la fabricación
de los componentes de Exyl se han utilizado materiales de
primera calidad adaptados para el uso en exteriores.
Exyl está diseñado y construido, a la medida deseada, para la
protección del sol y la lluvia con resistencia a bolsas de agua
superiores a la clase 2 (56 litros/hora por m2) según la
normativa EN 13561 excluyendo la carga de nieve, y con
resistencia al viento superior a la clase 3 (49 km/hora) según la
normativa EN 13561.
ART.2-VERSIONES
EXYL PLANA debe fijarse a una pared de apoyo adecuada. No
puede utilizarse con vientos a partir del grado 5 de la escala de
Beaufort, según se indica en la tabla 1.
ART.3-INSTALACION
EXYL siempre deberá instalarse en una estructura de apoyo
adecuada (pared o techo), siendo de obligado cumplimiento
todas las condiciones que se indican en la tabla 2
“Dimensiones máximas”, tabla 3 “Dimensiones máximas”, tabla
3 “Flecha”, tabla 4 “Carga máxima”. El usuario final deberá recibir
el “manual de uso y mantenimiento”.
ART. 4 - VALIDEZ DE LA GARANTÍA:
La garantía es válida si se respetan las condiciones de
instalación y uso indicadas en el Art. 3.
La garantía comporta la reparación o la sustitución integral
gratuita (mano de obra excluida) de todos los componentes
que resulten no conformes o defectuosos, incluidos los gastos
de transporte. La garantía no cubre los daños derivados de la
imposibilidad de utilizar EXYL antes y durante la reparación.
Ninguna indemnización puede ser requerida por “daños
emergentes” o “lucro cesante”.
Las garantías antedichas son eficaces únicamente en el país en
que el revendedor o concesionario tiene su sede operativa.
ART. 5 - DURACIÓN DE LA GARANTÍA:
La garantía de correcto funcionamiento tiene vigencia a partir
de la fecha de terminación de los trabajos, con la entrega del
Manual del Usuario y, en todo caso, a partir de la fecha de
recepción por parte de Corradi Spa de una copia de la
declaración de correcta instalación, completa en todas sus
partes y firmada por el comprador final y por el revendedor
autorizado.
ART. 6 - EXCLUSIONES DE LA GARANTÍA :
La garantía no es válida en los casos que se enumeran a
continuación (a título enunciativo y no limitativo):
a) por daños derivados de golpes o causas naturales
extraordinarias (rayos, inundaciones, terremotos, etc.);
b) por daños causados por la intervención de personas o
técnicos no autorizados por Corradi Spa;
c) Si la tensión eléctrica tiene una variación superior o inferior
al 5% del valor nominal (norma CEI 2-3 - julio de 1988)
ART.7-DURACION DE LA GARANTIA
5 (cinco) AÑOS:
Para la estructura, mecanismo y tejido ECLISSI, excluyendo los
tejidos CRISTAL y VINITEX.
2 (dos) AÑOS:
Tejido CRISTAL y VINITEX para la realización de eventuales
cierres perimetrales (lonas enrollables, lonas deslizantes, lonas
con cerramientos con guías, etc). Su resistencia al viento irá en
función de la solución adoptada y será certificada, bajo
solicitud, para cada caso en particular.
ART. 8 - RECLAMACIONES
En base al Art. 1495, apartado 1, y 1511, apartado 1, del Código
Civil, cualquier eventual y presunto defecto aparente de la
mercancía podrá ser comunicado por el cliente al revendedor
únicamente en forma escrita y en el plazo de 8 (ocho) días a
partir de la recepción de la mercancía. En base al Art. 1495,
apartado 1, del Código Civil, cualquier eventual y presunto
defecto no aparente de la mercancía podrá ser comunicado
por el cliente al revendedor únicamente en forma escrita y en
el plazo de 8 (ocho) días a partir de la fecha de su
descubrimiento, enviando prueba fotográfica del presunto
defecto. Ambas acciones legales del comprador contra el
revendedor prescriben en el plazo de un año a partir de la
recepción/instalación de la mercancía (Art. 1495, apartado 2).
2 - 04.2011
CORRADI S.P.A. - MANUAL DEL USUARIO - EXYL
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