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FRATELLI COMUNELLO Spa garantiza los motores tubulares durante sesenta meses desde la fecha de fabricación
y los eventuales componentes electrónicos durante veinticuatro meses desde la fecha de fabricación. La garantía
consiste en la reparación o sustitución gratuita de las partes reconocidas como en la fabricación, a incuestionable
juicio de FRATELLI COMUNELLO Spa. El material en garantía mandada a la sede de FRATELLI COMUNELLO Spa,
deberá ser enviado en puerto franco y será reexpedido en puerto asignado. El material sustituido quedará de
propiedad de FRATELLI COMUNELLO Spa. El coste de la mano de obra queda en todo caso a cargo del comprador. No
se reconoce ninguna indemnización por el período de inoperatividad de la instalación. La intervención no prolonga
el plazo de duración de la garantía. Queda entendido que la validez de la garantía está subordinada al respeto de
las especificaciones prestacionales de los productos, indicadas en los manuales de instrucción que se suministra
junto con los productos mismos.
La garantía no comprende:
Averías o daños causados por el transporte;averías o daños causados por vicios de la instalación eléctrico e/o
descuido, negligencia, inadecuación de la instalación al uso para la que está destinada y en cualquier caso por el
uso anómalo; averías o daños debidos a manipulaciones por parte de
personal no autorizado o al empleo de piezas de repuesto no originales; defectos causados por agentes químicos
o fenómenos atmosféricos; el material de consumo; las intervenciones por vicios presuntos o las verificaciones a
su comodidad.
Características de los productos
Los productos FFRATELLI COMUNELLO Spa están sujetos a continuas innovaciones y mejoras; por tanto, las
características constructivas y la imagen de los mismos, pueden sufrir variaciones incluso sin aviso previo.
Tribunal competente
Ya que el contrato es perfeccionado mediante Confirmación de Pedido cumplimentada en Rosà, en caso de
controversia legal de cualquiera naturaleza es aplicable el derecho italiano y es competente el Tribunal de Bassano
del Grappa (VI).
3. GARANTÍA