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3.0
CAPÍTULO 3.0
ADVERTENCIAS GENERALES
DE SEGURIDAD
3.1
ADVERTENCIAS
Cada interacción entre el operador y la máquina fue cuidadosamente estudiada y analizada
durante la fase de proyecto.
Las elecciones efectuadas durante el proceso de fabricación, las características técnicas de la
máquina y las indicaciones citadas en el presente documento sirven para garantizar un mayor
grado de seguridad para las personas expuestas y para el operador.
Dentro de los términos de la
“Directiva máquinas” 98/37/CE
es importante recordar las
siguientes definiciones:
“Zonas peligrosas”:
cualquier zona en el interior y/o en las proximidades de una máquina
donde la presencia de una persona expuesta constituya un riesgo para la seguridad y la
salud de la misma.
“Persona expuesta”:
cualquier persona que se encuentre completa o parcialmente en
una zona peligrosa.
“Operador”:
la persona o las personas encargadas del funcionamiento, regulación y
mantenimiento ordinario o de la limpieza de la máquina.
Para definir mejor el campo de operación y las especializaciones de los
“operadores”
, pero
también para facilitar la lectura y comprensión inmediata del presente documento, se ha definido
la siguiente clasificación:
Operador:
Persona cualificada y autorizada encargada del funcionamiento de la máquina con
protecciones/barreras activadas a través del uso de controles dispuestos en el cuadro
de control.
Responsable Mantenimiento Mecánica:
Técnico cualificado y autorizado capaz de instalar, reparar y efectuar el mantenimiento
extraordinario de carácter exclusivamente mecánico.
Responsable Mantenimiento Eléctrico:
Técnico cualificado y autorizado capaz de instalar, reparar y efectuar el mantenimiento
extraordinario de carácter exclusivamente eléctrico.
Técnico del fabricante con incumbencias de carácter mecánico:
Para operaciones de natureza compleja y/o particulares.
Técnico del fabricante con incumbencias de carácter eléctrico o electrónico:
Para operaciones de natureza compleja y/o particulares.
El empleador tiene que instruir a lo empleados sobre los riesgos de accidentes de trabajo, los
dispositivos existentes para la seguridad del operador y exigir el cumplimiento de las normas y
disposiciones empresariales en materia de seguridad y medios de protección.