26
2.4
pLAN DE rESCAtE:
Al utilizar este equipo, el empleador debe tener un plan de rescate y los medios a mano para
implementarlo, así como comunicar el plan a los usuarios, personas autorizadas y rescatadores.
2.5
FrECUENCIA DE INSpECCIóN:
Los SRL deben inspeccionarse por la persona autorizada
1
o por el rescatador
2
antes
de cada uso. Además, las inspecciones deberá realizarlas una persona competente
3
distinta del usuario, y una entidad
de inspección autorizada por el fabricante. Dicha persona competente debe usar el programa de inspección (Tabla 1)
para determinar los intervalos apropiados de inspección. Los procedimientos de inspección se describen en la
“Lista de
verificación de inspección”
(Tabla 2). Los resultados de la inspección por parte de la persona competente deben registrarse
en el
“Registro de inspección y mantenimiento”
que se encuentra en la parte trasera de estas instrucciones.
Tabla 1 – Programa de inspección
tipo de uso
Ejemplos de
aplicación
Condiciones de uso
Frecuencia de inspección
Persona competente
Autorizado por
el fabricante
Usuario
De poco
frecuente a
escaso
Rescate y espacio
confinado,
mantenimiento de
la fábrica
Buenas condiciones de
almacenamiento, uso en interiores
o uso poco frecuente en exteriores,
temperatura ambiente, ambientes
limpios
Una vez al año
Al menos cada 2 a
5 años, pero a
intervalos no mayores
de los requeridos por
el fabricante
Antes de
cada uso
De moderado a
intenso
Transporte,
construcción
residencial,
servicios públicos,
almacén
Condiciones adecuadas de
almacenamiento, uso en interiores y
uso prolongado en exteriores, todas
las temperaturas, ambientes limpios o
polvorientos
Dos veces al año o una
vez al año
Al menos cada 1 a
2 años, pero a
intervalos no mayores
de los requeridos por
el fabricante
Antes de
cada uso
De severo a
continuo
Construcción
comercial, petróleo
y gas, minería
Condiciones exigentes de
almacenamiento, uso en exteriores
prolongado o continuo, todas las
temperaturas, ambiente sucio
Trimestralmente o cada
seis meses
Al menos una vez al
año, pero a intervalos
no mayores de los
requeridos por el
fabricante
Antes de
cada uso
2.6
VELOCIDAD DE BLOqUEO:
Se deben evitar las situaciones que no permitan un trayecto de caída sin obstrucciones.
Trabajar en espacios confinados o estrechos puede hacer que el cuerpo no alcance suficiente velocidad para provocar el
bloqueo del SRL en caso de producirse una caída. Es posible que al trabajar sobre materiales de desplazamiento lento,
como arena o grano, no se alcance la velocidad suficiente para provocar el bloqueo del SRL. Es necesario un trayecto sin
obstáculos para garantizar un bloqueo correcto del SRL.
2.7
FUNCIONAMIENtO NOrMAL:
El funcionamiento normal debe permitir extender y retraer el anticaídas completo sin
dificultad al extenderse y sin holgura al retraerse cuando el trabajador se mueve a velocidad normal. En caso de que se
produzca una caída, un sensor de velocidad activará un sistema de freno que permitirá detener la caída y absorber mucha
de la energía generada. Para caídas que se produzcan cerca del final del desplazamiento del anticaídas, se ha incorporado
un sistema de absorción de energía para garantizar una protección contra caídas de impacto reducido. Si EL SRL se ha
sometido a fuerzas de caída, deberá ser retirado del servicio inmediatamente, marcado como “INUTILIZABLE” y enviado a
un centro de servicio técnico autorizado para su reparación. Se deben evitar los movimientos repentinos o rápidos durante
las labores normales de trabajo, dado que pueden provocar el bloqueo del SRL.
2.8
CAíDA LIBrE:
Cuando se ancla desde arriba, los SRL limitan la distancia de caída libre a 2 pies (0,6 m) o menos. Para
evitar distancias de caída mayores, ancle el SRL directamente por encima del operario. Evite trabajar en lugares donde el
anticaídas pueda cruzarse o enredarse con el de otro trabajador. Evite trabajar en sitios donde pueda caer un objeto que
golpee el anticaídas y pueda producirle daños o una pérdida de equilibrio. No permita que el anticaídas pase por debajo
de los brazos o entre las piernas. Nunca pince, anude ni impida que el anticaídas se retraiga o pierda tensión. Evite que la
cuerda esté floja.
No alargue el SRL mediante la conexión de una eslinga o un componente similar sin consultar
a Capital Safety.
2.9
CAíDAS CON OSCILACIóN:
Las caídas con oscilación se producen cuando el punto de anclaje no se encuentra
directamente encima del punto donde ocurre la caída. La fuerza con que se golpea un objeto en una caída con oscilación
puede causar una lesión grave (véase la Figura 3A). Trabaje en un lugar situado lo más directamente posible por debajo
del punto de anclaje para minimizar la posibilidad de caídas con oscilación.
2.10 SEpArACIóN DE CAíDA:
La Figura 3B ilustra la separación de caída. La distancia horizontal (H) y la distancia vertical
(V) desde el punto de anclaje determinan la zona de trabajo recomendada para el sistema de protección contra caídas
SRL. Se requiere una separación de caída (Fall Clearance, FC) mínima de 2 m (6 pies) para caídas desde una posición
de pie cuando el SRL está anclado directamente sobre la cabeza. Las caídas desde una posición de rodillas o cuclillas
requerirán 1 m (3 pies) adicional de distancia de separación de caída. En una situación de caída con oscilación, la
distancia total de la caída vertical será mayor que si el usuario hubiese caído de forma vertical directamente bajo el punto
de anclaje y requerirá una separación de caída adicional. En la tabla de la Figura 3 se enumera la distancia de caída (FC)
vertical mínima necesaria por debajo del nivel de trabajo del usuario SRL para distancias horizontales (H) y distancias
verticales (V) combinadas desde el punto de anclaje cuando la distancia de caída de oscilación añadida está dentro del
rango de uso recomendado. “X” indica la distancia horizontal desde el punto de anclaje que se encuentra fuera del rango
de uso recomendado.
1 persona autorizada:
una persona asignada por el empleador para realizar tareas en una ubicación donde estará expuesto a riesgo de caída.
2 Responsable del rescate:
persona o personas, que no sean el sujeto que se pretende rescatar, que actúan para realizar un rescate asistido mediante un sistema
de rescate.
3 Persona competente:
una persona designada por el empleador que se encarga de la supervisión inmediata, implementación y seguimiento del programa de
protección contra caídas del empleador, quien, mediante su formación y conocimiento, puede identificar, evaluar y atender los riesgos reales y potenciales de caídas,
y que cuenta con la autorización del empleador para tomar medidas correctivas inmediatas en relación con dichos riesgos.
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