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GARANTÍA LIMITADA (continuación)
LA PRUEBA DE COMPRA COMO UN RECIBO O FACTURA ES
LA EVIDENCIA DE QUE LA UNIDAD SE ENCUENTRA
CUBIERTA BAJO EL PERIODO DE GARANTÍA, ÉSTA DEBE
PRESENTARSE PARA OBTENER LOS SERVICIOS DE
GARANTÍA.
LA REPARACIÓN O REEMPLAZO COMO SE OFRECE EN ESTA
GARANTÍA, ES EL RECURSO EXCLUSIVO DEL CONSUMIDOR.
CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA QUE SE APLIQUE,
INCLUYENDO GARANTÍAS COMERCIALES Y AJUSTES PARA
UN PROPÓSITO EN PARTICULAR, ESTÁ LIMITADA A LA
DURACIÓN DE ESTA GARANTÍA. EN NINGÚN CASO SCEA
SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS EMERGENTES O
INCIDENTALES AL ROMPER CUALQUIER GARANTÍA
EXPRESA O IMPLÍCITA SOBRE ESTE PRODUCTO. ALGUNOS
ESTADOS O PROVINCIAS NO PERMITEN LIMITACIONES
SOBRE LA DURACIÓN DE UNA GARANTÍA IMPLÍCITA Y
ALGUNOS ESTADOS NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN O
LIMITACIÓN DE DAÑOS EMERGENTES O INCIDENTALES, DE
MANERA QUE LAS LIMITACIONES O EXCLUSIONES
ANTERIORES PUEDEN NO SER APLICABLES A USTED.
Esta garantía le da a usted derechos legales específicos, usted puede
también tener otros derechos que pueden variar de estado a estado
y de provincia a provincia. Esta garantía es válida únicamente en
los Estados Unidos y en Canadá.