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4.3.3 DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD
A
50 cm de la pared
trasera
B
40 cm de la pared
lateral
C
100 cm desde el
frente
Los materiales y
muebles
inflamables no
deben colocarse a
una distancia de
100 cm en el área
de radiación (C) de
la cubierta de
monitoreo de llama.
Durante la instalación de la estufa, se deben cumplir las normas contra incendios y las
instrucciones de la chimenea. Para cualquier pregunta relacionada, consulte al
proveedor de la chimenea. Las distancias mínimas que deben observarse en materiales
inflamables o sensibles al calor (por ejemplo, muebles, papel tapiz, paneles de madera)
(consulte el diagrama anterior) son las indicadas en el dibujo anterior.
Esta distancia se puede reducir a 40 cm cuando se coloque un panel de protección entre
la estufa y los materiales inflamables.
Las distancias mínimas para materiales y muebles inflamables se indican en la etiqueta
del producto y no deben superarse. Si el suelo donde se va a instalar la estufa es
inflamable o sensible al calor, debe colocar el producto sobre una placa de protección
del suelo (p. ej. base de mármol o cristal).