Máx
.
min
La carga máxima de refrigerante en la habitación se ajustará a lo siguiente:
(5/4)
0
1/2
o la superficie mínima requerida
A
min
M(kg) se ajustará a lo siguiente:
(5/4)
0
2
donde
para instalar un equipo con carga de refrigerante
m
max
es la carga máxima permitida en una habitación, en kg;
M es la cantidad de carga de refrigerante en el aparato, en kg;
A
min
es la superficie mínima requerida de la habitación, en
m
2;
A
es la superficie de la sala, en
m
2
LFL
es el límite inferior de inflamabilidad, en kg/m
3
;
h
0
es la altura de liberación, la distancia vertical en metros desde el suelo hasta el punto de
liberar cuando el aparato está instalado;
h
0
=
(hinst+hrel
) o 0,6 m, lo que sea mayor
hrel
es el desplazamiento de liberación en metros desde la parte inferior del aparato hasta el
punto de liberación
hinst
es la altura instalada en metros de la unidad
0.0 m para las portátiles y las montadas en el suelo;
1,0 m para las montadas en la ventana;
1.8 m para montaje en pared;
2,2 m para montaje en techo;
Si la altura mínima instalada indicada por el fabricante es superior a la altura instalada de
referencia, el fabricante deberá indicar además A
mín
y m
máx
para la altura de instalación de
referencia. Un aparato puede tener varias alturas de instalación de referencia. En este caso,
A
mín
y m
máx
para todas las alturas instaladas de referencia aplicables.
Para los aparatos que sirven a una o más habitaciones con un sistema de conductos de aire, la
abertura más baja de la conexión del conducto a cada espacio acondicionado o cualquier abertura
de la unidad interior mayor que 5 cm
2
en la posición más baja del espacio, se utilizará para h
0
.
Sin embargo, h
0
no deberá ser inferior a 0,6 m. A
mín
se calculará en función de las alturas de
apertura del conducto a los espacios y de la carga de refrigerante para los espacios a los que
pueda fluir el refrigerante fugado, teniendo en cuenta el lugar en el que se encuentra la unidad.
Todos los espacios deberán tener una superficie superior a A
mín
.
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