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12
6
3
6
12
MODELLI E CARATTERISTICHE
Electromechanical barrier
4 mt. Long
4 sec.
Electromechanical barrier
4 mt. Long
Utilisation intensive 5 sec.
TECHNICAL DATA
900BR-V
900BR-24
FEEDING
RATED ABSORBED POWER
MOTOR RPM
MOTOR ABSORPTION
CONDENSER
OPENING TIME
MAX ADD LENGHT
TEMPORARY SERVICE
RUNNING TEMPERATURE
WIEGHT
230VAC
190W
1400
1,4A
10µF
4,5 SEC
4 MT
60%
-20°/+70°
35 KG
24VDC
80W
-
5A
-
5 SEC
4 MT
80%
-20°/+70°
35 KG
BR-V
BR-24
E
PELIGRO: para cualquier tipo de mantenimiento, cortar la alimentación.
El motorreductor está provisto de lubricación permanente con grasa y por
consiguiente no necesita mantenimiento.
La eliminación de los materiales debe hacerse respetando las normas vigentes.
1_Realizar la conexión a tierra.
2_Tener siempre separados los cables de alimentación de los cables de mando.
3_ Dotar la instalación con dispositivos de seguridad como:
- células fotoeléctricas
-limitadores de par
-arista sensible
Cuando la instalación dé sobre la vía pública, es necesario instalar por lo menos dos
de los elementos mencionados anteriormente (se puede elegir entre cualquiera de
los tres tipos y pueden ser del mismo tipo)
4_ Para el desbloqueo es necesario que el portón, una vez cerrado, no empuje en
los topes de detención.
5_Realizar la instalación según las normas vigentes.
6_El control de la fuerza de impulso debe realizarse mediante un regulador de par,
presente en la instalación.
7_Es absolutamente necesario que antes de la instalación del motorreductor, se
equipe al portón con topes de detención.
8_Según las normas vigentes, la fuerza de impulso del portón no debe superar los
15 da N. Para controlar el calibrado, utilizar un dinamómetro.
9_Todas las intervenciones de mantenimiento, reparación y regulación deben ser
realizadas por personal calificado.
Está prohibida la puesta en funcionamiento antes de que la máquina en la que será
incorporada se declare en conformidad con lo establecido por la disposición
CEE n° 0037 del 22/06/98.
MANTENIMIENTO
ELIMINACIÓN
RECOMENDACIONES FINALES
Prohibida su puesta en servicio antes de que la máquina en la
que será incorporada haya sido declarada en conformidad con
las disposiciones de la directiva CEE 22/06/98 n° 0037.