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NEXUS 4: SEGURIDAD Y GARANTÍA
NE
Declaración del artículo 15.21
Los cambios o las modi
fi
caciones que no estén expresamente
aprobados por el fabricante pueden anular la autoridad del usuario
para hacer funcionar el equipo.
Declaración del artículo 15.105
Este equipo ha sido evaluado y se ha comprobado que cumple con
los límites para un dispositivo digital clase B, conforme el artículo
15 de las reglas de la FCC. Estos límites han sido diseñados para
brindar una protección razonable contra la interferencia dañina
en una instalación residencial. Este equipo genera, utiliza y puede
irradiar energía de radiofrecuencia y, si no se instala y utiliza
de acuerdo con las instrucciones, podrá causar interferencia
dañina para las comunicaciones radiales. Sin embargo, no existe
garantía de que la interferencia no se produzca en una instalación
en particular. Si experimenta interferencia con la recepción (por
ejemplo, del televisor), para determinar si este equipo es el que
causa la interferencia dañina, apáguelo y después enciéndalo
nuevamente a
fi
n de determinar si se detiene la interferencia. De
ser necesario, intente corregir la interferencia mediante una o más
de las siguientes medidas:
Reoriente o reubique la antena receptora.
Aumente la distancia entre el equipo y el receptor.
Conecte el equipo en un tomacorriente de un circuito diferente
de aquel al que esté conectado el receptor.
Consulte con el distribuidor o con un técnico de radio/TV
experimentado para obtener ayuda.
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