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FIG. 31
La máquina apoya en el terreno. El brazo del rodillos se
encuentra entre los enchufes (1) y (2).
Para bajar el rodillo disminuir la profundidad de trabajo:
•
Quitar el enchufe (2).
•
Accionar el elevador de la máquina y levantarla.
•
Cambiar el enchufe (2) en el agujero más bajo.
•
Cambiar el enchufe (1) en el agujero más bajo.
Para levantar el rodillo y aumentar la profundidad de tra
-
bajo:
•
Quitar el enchufe (1).
•
Accionar el elevador del tractor y bajar la máquina. El
brazo porta-rodillo se levanta.
•
Cambiar el enchufe (1) en el agujero más alto.
•
Cambiar el enchufe (2) en el agujero más alto: el rodillo
no debe oscilar demasiado durante el trabajo.
•
Bloquear los enchufes: insertar el cierre en el agujero
más cercano.
Regulación con gatos a tornillo (OPT)
Esta solución (“Fig. 32”) se efectúa con dos cilindros de
tornillo ubicados en las extremidades de la máquina y re
-
gulables con varilla graduada. Alzando el rodillo se aumen
-
ta la profundidad de trabajo y bajándolo disminuye.
FIG. 32
Con cilindros hidráulicos (OPT)
Esta solución (“Fig. 33”) para la regulación de la profun
-
didad de trabajo con cilindros de mando hidráulico, se
efectúa desde el puesto de conducción, mediante el ac
-
cionamiento hidráulico que controla los dos cilindros hi
-
dráulicos, que regulan los rodillos posteriores y por lo tanto
determina la profundidad de trabajo. Ambos cilindros hi
-
dráulicos poseen válvula de bloqueo. Alzando el rodillo se
aumenta la profundidad de trabajo y bajándolo disminuye.
FIG. 33
5.6.9 REGULACIÓN DE LOS RASCADORES
ADVERTENCIAS
Peligro de aplastamiento. No poner los dedos entre el
rascador y el rodillo.
Los rascadores permiten de liberar el rodillo del fango.
La primera regulación se hace sobre la barra porta-rasca
-
dores:
•
Aflojar la tuerca (2, “Fig. 34”).
•
Aflojar las tuercas (1) hasta acercar il rascador al rodillo
en la medida que se desee.
•
Fijar las tuercas.
La segunda regulación se hace sobre el rascador:
•
Aflojar la tuerca (4).
•
Acercar il rascador (3) al rodillo.
•
Fijar la tuerca (4).
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4
FIG. 34