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LGPLv2.1
GNU Licencia Pública General Menor
Versión 2.1, febrero de 1999
Copyright (C) 1991, 1999 Free Software Foundation, Inc. 51
Franklin Street, Fifth Floor, Boston, MA 02110-1301 USA.
Se permite la copia y distribución de copias literales de este
documento de licencia, pero no está permitido.
[Esta es la primera versión de la GPL menor. También se considera
sucesora de la GNU Public Library, versión 2, por lo tanto, el número
de versión 2.1.]
Preámbulo
Las licencias para la mayoría del software están diseñadas para
quitarle a usted la libertad de compartirlo y modificarlo. Por el
contrario, las Licencias Públicas Generales GNU pretenden
garantizar su libertad de compartir y modificar software libre - para
asegurarse de que el software es libre para todos sus usuarios.
Esta licencia, la Licencia Pública General se aplica a algunos
paquetes de software especialmente diseñados-normalmente
bibliotecas - de la Free Software Foundation y de otros autores que
deciden usarla. Se puede utilizar también, pero le sugerimos que
piense primero cuidadosamente si esta licencia o la Licencia
Pública General ordinaria es la mejor estrategia a utilizar en cada
caso, en base a las siguientes explicaciones.
Cuando hablamos de software libre, nos referimos a libertad de uso,
no de precio. Nuestras Licencias Públicas Generales están
diseñadas para asegurarnos de que tenga la libertad de distribuir
copias de software libre (y cobrar por ese servicio si quiere), que
reciba el código fuente o que pueda conseguirlo si lo quiere, que
puede cambiar el piezas de software y usar partes de él en nuevos
programas libres, y que se le informa que usted puede hacer estas
cosas.
Para proteger sus derechos necesitamos algunas restricciones que
prohíban a los distribuidores negarle estos derechos o pedirle que
renuncie a estos derechos. Estas restricciones se traducen en
ciertas obligaciones que le afectan si distribuye copias de la
biblioteca o si la modifica.
Por ejemplo, si distribuye copias de la biblioteca, ya sean
donaciones o por una contraprestación, debe dar a los receptores
todos los derechos que le dio. Debe asegurarse de que ellos
también reciben, o pueden conseguir, el código fuente. Si se enlaza
otro código con la biblioteca, debe proporcionar archivos objeto
completos a los destinatarios, para que ellos puedan volver a
vincular con la biblioteca después de hacer cambios a la biblioteca y
volver a compilarla. Y debe mostrarles estas condiciones de forma
que conozcan sus derechos.
Nosotros protegemos sus derechos con un método de dos pasos:
(1) derechos de autor de la biblioteca, y (2) le ofrecemos esta
licencia, que le da permiso legal para copiar, distribuir y/o modificar
la biblioteca.
Para proteger a cada distribuidor, queremos dejar muy claro que no
hay ninguna garantía para la biblioteca libre. Además, si la
biblioteca es modificada por alguien y lo distribuye, los receptores
deberían saber que lo que tienen no es la versión original, por lo que
la reputación del autor original no se verá afectado por los
problemas que puedan ser introducidos por otros. Por último, las
patentes de software plantean una amenaza constante para la
existencia de cualquier programa libre. Queremos asegurarnos de
que una empresa no pueda limitar los usuarios de un programa libre
mediante la obtención de una licencia restrictiva de un titular de la
patente. Por lo tanto, insistimos en que cualquier licencia de
patente obtenida para una versión de la biblioteca debe ser
coherente con la plena libertad de uso especificadas en esta
licencia.
La mayoría del software GNU, incluyendo algunas bibliotecas, está
cubierto por la Licencia Pública General GNU. Esta licencia, la GNU
Lesser General Public License, se aplica a ciertas bibliotecas
designadas y es muy diferente de la Licencia Pública General.
Usamos esta licencia para ciertas bibliotecas con el fin de permitir
la vinculación de las bibliotecas en los programas no libres.
Cuando un programa se enlaza con una biblioteca, ya sea estática o
mediante una biblioteca compartida, la combinación de los dos es,
legalmente hablando, un trabajo combinado, un derivado de la
biblioteca original. La Licencia Pública General ordinaria por lo
tanto permite tal enlace sólo si la combinación completa ajusta sus
criterios de libertad. La Licencia Pública General Menor permite un
criterio más laxo para el enlace de otro código con la biblioteca.
Denominamos a esta licencia el "Menor" Licencia Pública General
porque hace menos para proteger la libertad del usuario de la
Licencia Pública General. También proporciona a los
desarrolladores de software libre menos ventajas sobre la
competencia los programas no libres. Estas desventajas son
la razón por la que usamos la Licencia Pública General de
muchas bibliotecas. Sin embargo, la licencia Menor
proporciona ventajas en ciertas circunstancias especiales.
Por ejemplo, en raras ocasiones, puede haber una necesidad
especial para alentar el uso más amplio posible de una
biblioteca determinada, de modo que se convierta en un
estándar de facto. Para lograr esto, los programas no libres
debe ser permitido el uso de la biblioteca. Un caso más
frecuente es el de una biblioteca libre hace el mismo trabajo lo
más ampliamente utilizados bibliotecas no libres. En este
caso, hay poco que ganar limitando la biblioteca libre a
software libre solamente, así que usamos la Licencia Pública
General. En otros casos, el permiso para usar una biblioteca
determinada en programas no libres permite que un mayor
número de personas a utilizar una gran cantidad de software
libre. Por ejemplo, el permiso para utilizar la biblioteca GNU C
en programas no libres permite a muchas más personas a
utilizar el sistema operativo GNU completo, así como su
variante, el sistema operativo GNU/Linux. Aunque la Licencia
Pública General Menor es menos protectora de la libertad de
los usuarios, sí garantiza que el usuario de un programa que
está vinculado con la biblioteca tenga la libertad y la libertad
de medios. La Licencia Pública General Menor permite un
criterio más laxo para el enlace de otro código con la
biblioteca. Denominamos a esta licencia el "Menor" Licencia
Pública General porque hace menos para proteger la libertad
del usuario que la ordinaria
Licencia Pública General. También proporciona a los
desarrolladores de software libre menos ventajas sobre la
competencia los programas no libres. Estas desventajas son
la razón por la que usamos la Licencia Pública General de
muchas bibliotecas. Sin embargo, la licencia Menor
proporciona ventajas en ciertas circunstancias especiales.
Por ejemplo, en raras ocasiones, puede haber una necesidad
especial para alentar el uso más amplio posible de una
biblioteca determinada, de modo que se convierta en un
estándar de facto. Para lograr esto, los programas no libres
debe ser permitido el uso de la biblioteca. Un caso más
frecuente es el de una biblioteca libre hace el mismo trabajo lo
más ampliamente utilizados bibliotecas no libres. En este
caso, hay poco que ganar limitando la biblioteca libre a
software libre solamente, así que usamos la Licencia Pública
General. En otros casos, el permiso para usar una biblioteca
determinada en programas no libres permite que un mayor
número de personas a utilizar una gran cantidad de software
libre. Por ejemplo, el permiso para utilizar la biblioteca GNU C
en programas no libres permite a muchas más personas a
utilizar el sistema operativo GNU completo, así como su
variante, el sistema operativo GNU/Linux. Aunque la Licencia
Pública General es menos protectora de la libertad de los
usuarios, sí garantiza que el usuario de un programa que está
vinculado con la biblioteca tenga la libertad y medios para
ejecutar ese programa usando una versión modificada de la
biblioteca. Los términos exactos y las condiciones para la
copia, distribución y modificación. Preste mucha atención a la
diferencia entre un "trabajo basado en la biblioteca" y un
"trabajo que utiliza la biblioteca". El primero contiene código
derivado de la biblioteca, mientras que el segundo debe
combinarse con la biblioteca para poder ejecutarse.
GENERAL REDUCIDA DE GNU TÉRMINOS DE LA
LICENCIA PÚBLICA Y CONDICIONES PARA LA COPIA,
DISTRIBUCIÓN Y MODIFICACIÓN
Este Contrato de Licencia se aplica a cualquier biblioteca de
software u otro programa que contenga una nota colocada por
el tenedor del copyright u otra parte autorizada diciendo que
puede ser distribuido bajo los términos de esta Licencia
Pública General (también denominada "esta Licencia"). Cada
concesionario se dirige como "usted". Una "biblioteca" se
refiere a un conjunto de funciones de software y/o datos
preparados para ser convenientemente vinculados con los
programas de aplicación (que utilizan algunas de estas
funciones y datos) para formar ejecutables. La "Biblioteca", a
continuación, se refiere a cualquier biblioteca de software o
Contrato de Licencia