Declaración de la Comisión Federal de
Telecomunicaciones
Tras haber sido sometido a todas las pruebas
pertinentes, se ha comprobado que este equipo cumple
con los límites establecidos para dispositivos digitales
Clase B, conforme a la Sección 15 del Reglamento de la
FCC. Tales límites definen los niveles máximos
permisibles a las interferencias nocivas de la energía
radioeléctrica en instalaciones residenciales. Puesto que el
actual equipo genera, utiliza y puede radiar energía
radioeléctrica, si no observa las instrucciones relativas a la
instalación y operación del dispositivo, puede provocar
interferencias nocivas a las comunicaciones por radio. Sin
embargo, no es posible garantizar que no se producirá
interferencia alguna en una instalación determinada.
Dado el caso de que el equipo interfiriera en la
recepción de aparatos de radio o televisión, lo cual se
puede determinar al apagar y volver a encender el
dispositivo, le recomendamos al usuario que intente una
o más de las siguientes medidas con el objeto de corregir
la situación:
• Vuelva a orientar o cambie la ubicación de la
antena receptora.
• Aumente la distancia que separa al equipo del
aparato receptor.
• Conecte el equipo a un tomacorriente situado en
un circuito distinto al cual está enlazado el
receptor.
• Solicite asistencia al distribuidor o a un técnico
experimentado en radio o aparatos de TV.
Ningún artículo eléctrico o electrónico debe ser eliminado
junto con la basura doméstica. Atendiendo al compromiso
de la empresa por proteger el medio ambiente, le
recomendamos observar todas las disposiciones regionales
pertinentes para eliminar los componentes electrónicos en la
forma adecuada.
Advertencia de la FCC
Cualquier modificación sin la expresa aprobación de la
parte responsable puede anular la facultad del usuario para
operar el producto.
Este producto cumple con la Sección 15 del Reglamento de
la Comisión Federal de Comunicaciones. Su funcionamiento
está sujeto a las condiciones siguientes: (1) El actual
dispositivo no debe causar interferencias perjudiciales y (2)
debe aceptar cualquier tipo de interferencia, incluyendo
aquélla que origine el funcionamiento indeseado de la unidad.
9. Eliminación
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