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El cable de alimentación eléctrica se debe colocar de modo tal que no
alcance en ningún punto una temperatura que supere en 50°C la temperatura
ambiente (por ejemplo, la parte posterior del horno).
!
El instalador es responsable de la correcta conexión eléctrica y del
cumplimiento de las normas de seguridad.
Antes de efectuar la conexión verifique que:
• la toma tenga conexión a tierra y que sea conforme con la ley;
• la toma sea capaz de soportar la carga máxima de potencia de la
máquina indicada en la placa de características;
• la tensión de alimentación eléctrica esté comprendida dentro de los valores
indicados en la placa de características;
• la toma sea compatible con el enchufe del aparato. Si no es así, sustituya
la toma o el enchufe; no utilice prolongaciones ni conexiones múltiples.
!
Una vez instalado el aparato, el cable eléctrico y la toma de corriente deben
ser fácilmente accesibles.
!
El cable no debe sufrir pliegues ni compresiones.
!
El cable debe ser revisado periódicamente y sustituido sólo por técnicos
autorizados (ver Asistencia).
!
La empresa declina toda responsabilidad cuando estas normas no
sean respetadas.
* Sólo para modelos con guías embutidas.
** Sólo para modelos con guías a ras.
PLACA DE CARACTERÍSTICAS
Dimensiones*
ancho 43,5 cm.
altura 32,4 cm.
profundidad 41,5 cm.
Volumen*
litros 59
Conexiones
eléctricas
voltaje 220-240V~ 50/60Hz
(ver la placa de características)
potencia máxima absorbida 2800W
Dimensiones**
ancho 45,5 cm.
altura 32,4 cm.
profundidad 41,5 cm.
Volumen**
litros 62
ENERGY
LABEL
Directiva 2002/40/CE en la etiqueta
de los hornos eléctricos.
Norma EN 50304
Consumo de energía por
convección Natural –función de
calentamiento: Tradicional;
Clase consumo de energía
Clase convección Forzada - función
calentamiento: Pastelería.
Este aparato es conforme con las
siguientes Directivas: Comunitarias:
- 2006/95/CEE del 12/12/06 (Baja
tensión) y posteriores modificaciones
- 2004/108/CEE del 15/12/04
(Compatibilidad Electromagnética) y
sucesivas modificaciones
- 93/68/CEE del 22/07/93 y sucesivas
modificaciones.
- 2012/19/CE y posteriores modificaciones.