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Reproductor de discos Blu-ray Insignia NS-BRDVD4/
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b) Otorgamiento de una licencia bajo los términos establecidos en esta Licencia Pública
General que abarque la obra en su totalidad y sin cargo a terceras personas para el caso en el
que se distribuya o publique una obra que contenga todo o parte del “Programa” o que
constituya una obra derivada del mismo.
c) Si el programa modificado normalmente lee comandos de manera interactiva cuando
corre, cuando empiece a correr con dicho propósito interactivo, es necesario que aparezca
un aviso que incluya la leyenda de derechos de autor correspondiente, así como la ausencia
de responsabilidad por la garantía. Asimismo, dicho aviso deberá establecer que los usuarios
de dicho programa tienen autorización para redistribuirlo bajo las mismas condiciones en las
que les fue distribuido y les deberá informar cómo podrán tener acceso a una copia de esta
licencia. (Excepción: si programa en sí mismo es interactivo pero no muestra normalmente
dicho aviso, no es necesario que su trabajo basado en el programa muestre un aviso.) Las
condiciones antes mencionadas se aplican a las obras modificadas como un todo. En el caso
en el que las secciones de dicha obra que no se deriven del “Programa” sean identificables y
razonablemente independientes y puedan separarse entre ellas, esta licencia y sus términos
no se aplicarán a dichas secciones cuando éstas sean distribuidas como obras separadas. Sin
embargo, cuando esas mismas secciones se distribuyan como parte de la “Obra basada en el
Programa”, dicha distribución deberá hacerse de acuerdo a los términos de esta licencia,
cuyas autorizaciones para otros licenciatarios tendrán los mismos alcances, sin importar qué
parte creó quién.
Por medio de esta sección no se pretende exigir derechos o impugnar los derechos
originados de una obra creada en su totalidad por otra persona, sino más bien se tiene como
finalidad ejercer el derecho de controlar la distribución de obras derivadas o colectivas
basadas en el “Programa”.
Asimismo, la sola inclusión de otra obra que no se base en el “Programa” aunada al
“Programa” (o a una “Obra basada en el Programa”) dentro de un medio de almacenamiento
o distribución no provoca que dicha obra deba regirse por esta licencia.
3. Copiar y distribuir el “Programa” (o una “Obra basada en el Programa” de acuerdo a la
sección 2), bajo los términos de las secciones 1 y 2 mencionadas anteriormente, ya sea en
código objeto o en su forma ejecutable está permitido, siempre y cuando dicho “Programa”
se acompañe también por cualquiera de los siguientes:
a) el código fuente respectivo completo y legible por una máquina, el cual debe ser
distribuido bajo los términos establecidos en las secciones 1 y 2 mencionadas anteriormente
y a través de un medio normalmente usado para el intercambio de software; o,
b) una oferta por escrito y con una validez mínima de tres años, de proporcionar a cualquier
tercera persona, por una cuota que no exceda el costo del acto físico de distribuir, bajo los
términos de las secciones 1 y 2 antes mencionadas; y a través de un medio normalmente
usado para el intercambio de software; una copia del respectivo código fuente completo y
legible por una máquina; o,
c) toda la información recibida respecto a la oferta de distribución del código fuente
correspondiente. (Esta alternativa está permitida únicamente para distribuciones no
comerciales y siempre y cuando el “Programa” se haya recibido en código objeto o en forma
ejecutable junto con esta oferta de acuerdo a la subsección b antes mencionada.)
El código fuente de una obra se refiere a la forma preferida para hacerle modificaciones. En
una obra ejecutable, el código fuente completo se refiere a todo el código fuente de todos
los módulos que contiene, además de cualquier archivo de definición de interfaz asociado y
de los scripts utilizados para controlar la compilación e instalación del ejecutable. Sin
embargo, como una excepción especial, el código fuente distribuido no debe incluir
cualquier cosa que sea normalmente distribuida (ya sea en forma de binarios o de código
fuente) con los principales componentes del sistema operativo (como compilador, kernel,
etc.) sobre el cual el ejecutable corre, a menos que el mismo componente acompañe al
ejecutable.
Si la distribución del ejecutable o del código objeto se lleva a cabo mediante el ofrecimiento
de acceso a una copia en un lugar designado, el ofrecimiento de acceso al código fuente en
el mismo lugar equivale a la distribución de dicho código fuente, aun cuando terceras
personas no estén obligadas a copiar el código fuente junto con el código objeto.
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