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Este dispositivo cumple con el apartado 15 de
la normativa de la FCC. El funcionamiento está
sujeto a las dos condiciones siguientes:
(1) este dispositivo no causa interferencia
negativa y (2) este dispositivo debe aceptar
las interferencias recibidas, incluidas
las interferencias que puedan causar un
funcionamiento no deseado.
NOTA DE LA FCC
:
El fabricante no se hace
responsable de ninguna interferencia de
radio o TV ocasionada por modificaciones no
autorizadas efectuadas a este aparato.
Dichas modificaciones podrían anular la
autoridad del usuario para utilizar este aparato.
NOTA
:
Este aparato ha sido probado y cumple
con los límites para aparatos digitales de
Clase B, de conformidad con el apartado
15 de la normativa de la FCC. Estos límites
están diseñados para proveer protección
razonable contra interferencias perjudiciales en
instalaciones residenciales. Este aparato genera,
usa y puede irradiar energía de radiofrecuencias
y, si no se instala y usa según las instrucciones,
puede provocar interferencia perjudicial a las
radiocomunicaciones. No obstante, no hay
garantías de que no ocurrirá interferencia en una
instalación en particular. Si este aparato provoca
interferencia perjudicial a la recepción de radio o
televisión, lo que puede
determinarse encendiendo y apagándolo, se
recomienda que el usuario intente corregir la
interferencia por medio de la implementación de
una o más de las siguientes medidas:
• Cambiar la orientación o el lugar de la
antena receptora.
• Incrementar la separación entre el aparato
y el receptor.
• Conectar el aparato a un tomacorriente de
un circuito diferente del circuito al que el
receptor está conectado.
• Consultar al distribuidor o a un técnico
con experiencia en radio/televisión para
solicitar ayuda.
ICES-3(B)/NMB-3(B).
Declaración de la FCC