Distribución del aire ca-
liente:
Los orificios de aspira-
ción de aire de calefacción
deben estar dispuestos, de
modo que no pueda haber
una aspiración de gases de
escape del motor del vehículo
y del aparato de calefacción.
Deberá garantizarse, con las
correspondientes medidas
constructivas, que el aire ca-
liente introducido en el vehí-
culo no se pueda contaminar
(por ejemplo por vapores de
aceite). Esto se cumple por
ejemplo, en calefacciones de
aire con servicio de aire en
circulación tanto para monta-
je interior como exterior. (En
las calefacciones por aire con
servicio de aire fresco exterior
no está permitido captar el ai-
re exterior desde el comparti-
miento del motor o de las
proximidades del tubo de es-
cape ni del orificio de aspira-
ción de los gases de escape
de la calefacción).
Instrucciones de
montaje para
vehículos industriales
El bombonas verificado por el
TÜV (N° de art. 39741-00) -
véase la figura J1 - es parte
integrante de la Autorización
General de Prototipo otorga-
da por la Oficina Federal de
Vehículos a Motor a las cale-
facciones Trumatic E, de
acuerdo con el StVZO § 22 a,
según el cual pueden estar
conectadas 2 bombonas de
gas con una capacidad máxi-
ma de 15 kg cada una y se
pueden utilizar durante la
marcha para la alimentación
de las calefacciones. Para
proteger la válvula de la bote-
lla y el regulador de la presión
del gas sólo se necesita la
campana de protección que
se suministra junto con el
bombonas.
Con objeto de protegerla con-
tra el robo o por motivos ópti-
cos, la botella de gas se pue-
de cubrir también con un ar-
mario para botellas provisto
de llave (N° de art. 39010-
21100) - véase la figura J2 -.
El armario se atornilla al basti-
dor del ve-hículo junto con el
bombonas.
Si el aparato calefactor se
monta en vehículos especia-
les (por ejemplo, los vehícu-
los destinados al transporte
de mercancías peligrosas) se
habrán de tener en cuenta las
disposiciones vigentes aplica-
bles a este tipo de vehículos.
Instrucciones de
montaje en cabinas
1. En el caso de las calefac-
ciones con conducción de los
gases de escape por debajo
del suelo de la cabina, la chi-
menea de salida se ha de ten-
der hasta la proximidad de la
delimitación lateral o trasera
de la cabina o del vehículo,
de forma que no sea de espe-
rar que los gases de escape
puedan penetrar en el interior
del vehículo.
2. Truma dispone de instruc-
ciones de montaje referidas a
los diferentes tipos de vehícu-
lo, así como kits completos
de montaje.
3. En Alemania, los vehículos
cisterna para el transporte de
mercancías peligrosas sólo
pueden llevar montada la ca-
lefacción en el ámbito de apli-
cación del Convenio ADR si el
aparato está equipado con
una reactancia Truma.
Instrucciones de mon-
taje para calefacciòn
fija del compartimento
de carga
1. Es preferible el montaje in-
terior de las calefacciones. Si
se teme la penetración de
agua en la calefacción como
consecuencia de trabajos de
limpieza, se montarán los ti-
pos de calefacción para mon-
taje exterior (E 2800 A,
E 4000 A).
2. En caso de falta de espacio
en el compartimento de carga
se montará la calefacción con
chimenea del suele en el lado
frontal. Caso que se vaya a
montar la calefacción con
chienea de la pared bajo el pi-
so se asegurará, con los me-
dios adecuados, que el circui-
to de circulación de aire y de
combustión no sea fuente de
suciedad o humedad para la
calefacción.
3. No se admite el montaje en
vehículos de transporte de
mercancías peligrosas.
Instrucciones de
montaje para las
embarcaciones
Para el montaje en embarca-
ciones se aplicarán conse-
cuentemente las normas de
montaje. También se habrá
de tener en cuenta adicional-
mente lo siguiente:
1. En Alemania se han de
cumplir las „Regulaciones
Técnicas” de la Hoja de Tra-
bajo G 608 de la DVGW en el
caso de las embarcaciones
48
Instrucciones de
montaje
¡Por favor, despliegue
la página que contie-
ne los gráficos!
El montaje y reparación del
aparato podrá efectuarlo
solamente el técnico.
¡An-
tes de comenzar los trabajos
de montaje lea detenidamen-
te las instrucciones de mon-
taje!
Uso para el que está
previsto
Este aparato fue construido
para el montaje en vehículos
(caravanas, auto-caravanas,
embarcaciones, camiones).
Son posibles otras aplicacio-
nes después de consultar a
Truma.
Permiso
Declaración de
conformidad:
La calefacción Trumatic E ha
sido verificada por la DVGW
y satisface la normativa para
aparatos de gas de la CE
(90/396/CEE) así como las
otras directivas en vigor de la
CE. Se dispone ya del núme-
ro de identificación como
producto CE para los países
de la Unión Europea:
E 2800 (A): CE-0085AP0231
E 4000 (A): CE-0085AP0232
Está autorizado el montaje del
aparato de calefacción en los
recintos utilizados por perso-
nas (en los vehículos) y su
uso durante la conducción.
No está autorizado el montaje
en el interior de autobuses.
En Alemania al peritarse o ve-
rificar el vehículo deberá veri-
ficarse también el montaje se-
gún §§ 19, 20 y 21 StVZO.
Con un montaje posterior se
procederá según § 19 StVZO.
Autorización de prototipo
de la Oficina Federal de Ve-
hículos a Motor:
E 2800 (A):
S 140
E 4000 (A):
S 139
Normativas
Cualquier modificación del
aparato (incluyendo el con-
ducto de los gases de escape
y chimenea) o, la utilización
de piezas de repuesto y pie-
zas accesorias importantes
para el funcionamiento que
no sean piezas originales de
Truma, así como la no obser-
vancia de las instrucciones de
montaje o de uso provoca la
anulación de la garantía así
como la recesión de cualquier
derecho a hacer efectiva una
responsabilidad. Además, se
anula el permiso de uso del
aparato y con ello, en algunos
países, también el permiso de
circulación del vehículo.
La presión de servicio de la
alimentación de gas, 30 mbar
(o 28 mbar de butano/37 mbar
de propano) o 50 mbar, debe
coincidir con la presión de
servicio del aparato (ver placa
del fabricante).
Tome el rótulo de fábrica
con las instrucciones de
uso y montaje y péguelo
en la calefacción, en un lu-
gar bien visible y protegido
contra eventuales daños.
En el rótulo de fábrica se
trazará una cruz sobre el
año de la primera puesta
en servicio del aparato.
Al efectuar el montaje del
aparato deberán observar-
se las normas técnicas y
administrativas del país en
el cual se matriculó el ve-
hículo por primera vez.
En Alemania p.ej., los apara-
tos de gas, la instalación de
botellas, el montaje de tuberí-
as, así como la recepción y
comprobación de estanquei-
dad deben ser conformes con
la hoja de trabajo DVGW
G 607 para instalaciones de
gas líquido en vehículos de
tiempo libre, o G 608 para
instalaciones de gas líquido
en vehículos de deporte acuá-
tico.
Para los vehículos de uso in-
dustrial se observarán las res-
pectivas prescripciones para
prevención de accidentes de
las Asociaciones de Profesio-
nales (BGV D 34).
En nuestras representaciones
en el extranjero (véase la lista
de servicios técnicos interna-
cionales) se pueden obtener
informaciones más exactas
sobre la normativa existente
en los países correspondien-
tes.
Los conductos de gas de es-
cape y chimeneas deben es-
tar montados, de modo que
no entren al interior del vehí-
culo. Los componentes de
importancia para el servicio
del vehículo no deben ser
mermados en su funciona-
miento. La desembocadura
del tubo de gas de escape
debe llevarse hacia arriba, al
costado o la conducción de
gas de escape debajo del fon-
do del vehículo, hasta la pro-
ximidad del límite lateral o
posterior de la cabina del
conductor o del vehículo.